NOTICIAS >> Hacia una sociedad europea del reciclaje
El próximo 12 de diciembre de 2010 se cumple el plazo para que los Estados miembros de la UE transpongan a sus ordenamientos jurídicos la nueva Directiva Marco de Residuos (2008/98/CE), algo que en España implicará la modificación de la Ley de Residuos, que data de 1998. La nueva norma supone un nuevo hito en el camino hacia una sociedad europea del reciclaje, con el establecimiento de un marco jurídico común en torno a la producción y la gestión de los residuos.
La Directiva es ambiciosa en materia de objetivos de reciclaje y valorización, lo que implicará optimizar los procesos, innovar en las tecnologías, así como incentivar y perfeccionar aún más la recogida selectiva de las distintas fracciones de residuos, algo que afecta muy especialmente a los Ayuntamientos, que son los encargados de recoger los residuos de origen urbano. Aunque aquí un papel crucial lo jugamos los ciudadanos, siendo los principales protagonistas de la segregación en origen de los residuos que generamos en los domicilios.
Uno de los aspectos más importantes de la nueva normativa es el establecimiento de una jerarquía de los residuos: con el fin de obtener el mejor resultado medioambiental global, los Estados miembros de la Unión Europea adoptarán medidas legislativas para tratar los residuos de conformidad con la siguiente jerarquía de prioridades: prevención; preparación para la reutilización; reciclado; otro tipo de valorización (por ejemplo, la valorización energética); y la eliminación.
Decimos que la nueva Directiva es ambiciosa en sus objetivos de reciclaje, ya que obliga a que antes de 2020 se aumente como mínimo hasta un 50 % global de su peso la preparación para la reutilización y el reciclado de materiales como el plástico, el papel, los metales, y el vidrio de los residuos domésticos y asimilables (comerciales, industriales no peligrosos). Además prevé que para 2015 se establezca la recogida selectiva para al menos papel, metal, plástico y vidrio, y promueve la recogida separada de la fracción orgánica de los residuos, muy especialmente para reducir la eliminación de los llamados “biorresiduos”, que son aquellos residuos que, en condiciones de vertido, pueden sufrir una descomposición biológica, generando un impacto medioambiental como consecuencia de la producción de gas y lixiviados.
Para los envases y sus residuos, la Directiva 2004/12/CE ya había marcado para 2008 y años sucesivos los siguientes objetivos mínimos de reciclado por materiales: el 60 % en peso del vidrio y del papel/cartón; el 50 % en peso de los metales; el 22,5 % de plásticos y el 15 % en madera.
Además, con la nueva Directiva Marco de Residuos, la incineración debe ahora cumplir un determinado valor de eficiencia energética para poder clasificarse como valorización energética y no como eliminación, lo que implica incinerar residuos con alto poder calorífico y aprovechar más eficientemente la energía generada.
La legislación europea avanza también en la dirección de reducir las sustancias peligrosas en los componentes de algunos productos que se ponen en el mercado, y que al final de su vida útil se convierten en residuos peligrosos. Un ejemplo de ello son los aparatados eléctricos y electrónicos, a los que la legislación europea (Directiva 2002/95/CE) ya impuso restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en ellos, tales como plomo, mercurio, cadmio, cromo hexavalente, etc. La tendencia es endurecer todavía más esta legislación, tal y como nos cuentan en el vídeo que os dejamos al final del post.
En definitiva, el camino que estamos recorriendo hacia una sociedad europea del reciclaje pasa en primer lugar por medias de prevención (esto incluye no sólo disminuir la cantidad de residuos que se generan, sino también la peligrosidad de éstos); en segundo lugar, por la reutilización en la medida de lo posible (un buen ejemplo es el recauchutado de los neumáticos), seguido de medidas que incentiven y posibiliten el reciclaje de los componentes de los productos que se desechan (lo que también implica previsión, es decir, que se fabriquen aparatos eléctricos o coches con más materiales reciclables).
Lo que no se pueda reutilizar ni reciclar se tiene que valorizar, y una opción viable es la valorización energética, pero, eso sí, garantizando la eficiencia energética y, en el caso de la incineración, con un estricto control de las emisiones a la atmósfera y de los residuos peligrosos que se generan en el proceso (cenizas y escorias). Además, cada vez se están aplicando más procesos innovadores en la gestión de los residuos urbanos con valorización energética: un ejemplo es el combustible derivado de residuos. Con todo ello, ahorramos materias primas, energía y agua, y reducimos el vertido de todo aquello que sea aprovechable, colocando la eliminación en vertedero controlado (o mediante incineración) como última opción.
De este modo la sociedad europea del reciclaje es aquella que produce menos residuos, recoge separadamente las fracciones de los residuos valorizables, reutiliza y recicla más, aprovecha energéticamente aquello que no es reciclable y elimina de forma controlada y evitando poner en riesgo el medio ambiente y la salud de las personas.
Fuente: www.wordpress.com
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